-La ley del menor:
1.La Constitución Española de 1978 al enumerar, en el Capitulo III
del titulo I, los principios rectores de la política social y económica,
hace mención en primer lugar a la obligación de los Poderes Públicos
de asegurar la protección social y jurídica de la familia y dentro de ésta ,
con carácter singular, la de los menores.
Esta preocupación por dotar al menor de un adecuado marco jurídico de
protección trasciende también de diversos Tratados Internacionales
ratificados en los últimos años por España y, muy especialmente , de la
Convención de Derechos y Deberes del Niño , de Naciones Unidas , de
20 de noviembre de 1989 , ratificada por España el 30 de noviembre de
1990, que marca el inicio de una nueva filosofía en relación con el
menor , basada en un mayor reconocimiento del papel que éste
desempeña en la sociedad y en la exigencia de un mayor protagonismo
para el mismo.
Esta necesidad ha sido compartida por otras instancias internacionales ,
como el Parlamento Europeo que , a través de la Resolución A3-
0172/92 , aprobó la carta Europea de los Derechos del Niño.
Consecuente con el mandato constitucional y con la tendencia general
apuntada , se ha llevado a cabo , en los últimos años , un importante
proceso de renovación de nuestro ordenamiento jurídico en materia de
menores .
Primero fue Ley 11/1981 , de 13 de mayo , de modificación de la
Filiación , Patria Potestad y Régimen Económico del Matrimonio , que
suprimió la distinción entre filiación legítima e ilegítima , equiparó al
padre y a la madre a efectos del ejercicio de la patria potestad e
introdujo la investigación de la paternidad.
Después se han promulgado , entre otras , las Leyes 13/ 1983 , de 24 de
octubre , sobre la tutela ; la Ley 21/1987 , de 11 de noviembre ,
por la que se modifican determinados artículos del Código Civil y de la
Ley de Enjuiciamiento Civil en
materia de adopción ; la Ley Orgánica 5/1988 , de 9 de junio , sobre
exhibicionismo y provocación sexual en relación con los menores ; la
Ley Orgánica 4/1992 , de 5 de junio , sobre reforma de la Ley
reguladora de la competencia y el procedimiento de los Juzgados de
menores : y la Ley 25/1994 , de 12 de julio , por la que se incorpora al
ordenamiento jurídico español la Directiva 89/552/CEE , sobre la
coordinación de disposiciones de actividades de radiodifusión
televisiva.
De las Leyes citadas , la 21/1987 , de 11 noviembre ,la que , sin duda ,
ha introducido cambios más sustanciales en el ámbito de la protección
del menor.